Si estás pensando en hacer una baja voluntaria en España y dejar tu trabajo por decisión propia, es normal que te preguntes qué cobras exactamente.
En esta guía te explicamos qué es la baja voluntaria en España, qué cobras, qué no cobras, y todos los pasos que debes seguir en 2026 para no perder ningún derecho.
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¿Qué es la baja voluntaria en España?
La baja voluntaria, también llamada dimisión o renuncia voluntaria, es la decisión del trabajador de poner fin a su contrato laboral por iniciativa propia, sin que medie ningún despido por parte de la empresa.
Es importante distinguirla de otras formas de extinción del contrato porque las consecuencias económicas son muy diferentes:
| Tipo de extinción | ¿Quién decide? | ¿Hay indemnización? | ¿Hay paro? |
|---|---|---|---|
| Baja voluntaria | El trabajador | ❌ No | ❌ No (en general) |
| Despido disciplinario | La empresa | ❌ No | ✅ Sí |
| Despido objetivo | La empresa | ✅ 20 días/año | ✅ Sí |
| Despido improcedente | La empresa | ✅ 33 días/año | ✅ Sí |
➡️ ¿Te han despedido? Consulta nuestra guía sobre despido improcedente e indemnización.
¿Qué cobro en la baja voluntaria?
Aunque en la baja voluntaria no hay indemnización, sí tienes derecho al finiquito completo. El finiquito recoge todos los derechos económicos que has generado hasta el último día trabajado.
1. Salario pendiente
La empresa debe pagarte los días trabajados del último mes que no hayas cobrado aún.
Salario diario = salario mensual bruto ÷ 30
Salario pendiente = salario diario × días trabajados en el último mes
2. Vacaciones no disfrutadas
Las vacaciones que has generado pero no has podido disfrutar antes de irte deben pagarse en el finiquito. Se consideran tiempo efectivamente trabajado y cotizan a la Seguridad Social.
Vacaciones pendientes = (22 ÷ 12) × meses trabajados en el año − vacaciones ya disfrutadas
3. Pagas extra proporcionales
Si tus pagas extra no están prorrateadas en la nómina mensual, tienes derecho a la parte proporcional generada desde la última paga percibida.
Paga extra proporcional = importe paga extra × (meses desde última paga ÷ 6)
Ejemplo práctico: Ana cobra un salario bruto de 1.800 €/mes con dos pagas extra de 1.800 € cada una (junio y diciembre). Presenta su baja voluntaria el 15 de octubre. Desde la última paga extra (junio) han transcurrido 4 meses y medio.
Paga extra proporcional = 1.800 € × (4,5 ÷ 6) = 1.350 €
En el finiquito tendrá derecho a cobrar 1.350 € por la paga de diciembre pendiente.
(Si también lleva tiempo sin cobrar la de junio, se sumaría igualmente de forma proporcional.)
⚠️ Importante: Si tu empresa prorratea las pagas extra en las 12 nóminas mensuales, ya las has cobrado mes a mes y no corresponde ningún importe adicional por este concepto. Revisa tu nómina para confirmarlo.
Otros conceptos que pueden incluirse
- Horas extraordinarias pendientes de cobro
- Comisiones devengadas no abonadas
- Bonus o incentivos generados contractualmente
- Compensaciones recogidas en el convenio colectivo
¿Qué NO cobro en la baja voluntaria?
Esto es fundamental. En una baja voluntaria no tienes derecho a:
- Indemnización por despido: al ser tú quien decide irse, la empresa no está obligada a indemnizarte.
- Prestación por desempleo (paro): el SEPE no reconoce el derecho al paro en la baja voluntaria, salvo excepciones muy concretas.
¿Hay alguna excepción para cobrar el paro?
Sí. Existen situaciones en las que puedes cobrar el paro aunque hayas presentado la baja voluntaria:
- Modificación sustancial de condiciones de trabajo (art. 41 ET): si la empresa cambia tu salario, horario o funciones de forma sustancial, puedes dimitir y cobrar paro.
- Traslado geográfico (art. 40 ET): si la empresa te traslada a otro municipio y no aceptas, puedes extinguir el contrato con derecho a indemnización y paro.
- Incumplimiento grave del empresario (art. 50 ET): si hay impagos de salario o trato vejatorio, puedes solicitar la extinción del contrato con todos los derechos del despido improcedente.
En estos casos, aunque seas tú quien extingue el contrato, la ley lo equipara a un despido improcedente.
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Baja voluntaria: paso a paso
Si has decidido darte de baja voluntaria, sigue estos pasos para hacerlo correctamente y no perder ningún derecho:
- Paso 1 — Revisa tu contrato y convenio colectivo: comprueba si hay un periodo de preaviso obligatorio. Lo habitual es de 15 días, aunque puede variar según el convenio o tu categoría profesional.
- Paso 2 — Comunica la baja por escrito: presenta una carta de dimisión a tu empresa. Hazlo siempre por escrito y guarda una copia firmada o envíala por burofax. Nunca verbalmente.
- Paso 3 — Respeta el periodo de preaviso: si no respetas el preaviso, la empresa puede descontarte los días de preaviso no cumplidos de tu finiquito.
- Paso 4 — Solicita el finiquito: el último día de trabajo, pide el documento del finiquito. Revísalo detenidamente antes de firmar.
- Paso 5 — Firma el finiquito con cuidado: si no estás de acuerdo, firma añadiendo «no conforme». Nunca firmes si no entiendes o no estás de acuerdo con las cifras.
Ejemplo de finiquito en la baja voluntaria
Veamos un ejemplo práctico con estos datos: salario de 1.800 €/mes, baja el día 15 del mes, 10 días de vacaciones pendientes, y 4 meses desde la última paga extra.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Salario pendiente (15 días) | 1.800 ÷ 30 × 15 | 900 € |
| Vacaciones no disfrutadas (10 días) | 60 €/día × 10 | 600 € |
| Paga extra proporcional (4 meses) | 1.800 × (4÷6) | 1.200 € |
| TOTAL FINIQUITO BRUTO | 2.700 € |
⚠️ Este ejemplo es orientativo. Tu convenio colectivo puede establecer condiciones distintas.
¿Cuánto preaviso debo dar en la baja voluntaria?
El Estatuto de los Trabajadores no establece un plazo de preaviso general para la baja voluntaria. Es el convenio colectivo o el contrato individual quien lo determina.
Lo más habitual es:
- Personal no cualificado: entre 7 y 15 días
- Técnicos y mandos intermedios: entre 15 y 30 días
- Directivos o personal de alta responsabilidad: hasta 3 meses
Si no respetas el preaviso, la empresa tiene derecho a descontarte del finiquito los días de preaviso incumplidos.
Diferencia entre baja voluntaria y despido
| Concepto | Baja voluntaria | Despido |
|---|---|---|
| ¿Quién decide? | El trabajador | La empresa |
| Finiquito | ✅ Sí | ✅ Sí |
| Indemnización | ❌ No | ✅ Según tipo |
| Paro (desempleo) | ❌ No (con excepciones) | ✅ Sí |
| Preaviso obligatorio | ✅ Sí (según convenio) | Según tipo de despido |
➡️ Lee también: Cómo calcular el finiquito en España (Guía completa 2026)
Guarda siempre las comunicaciones escritas con la empresa
Si tu baja voluntaria está motivada por una modificación sustancial de condiciones de trabajo (art. 41 ET), un traslado geográfico (art. 40 ET) o una situación de incumplimiento grave de la empresa (art. 50 ET), es fundamental que conserves toda la comunicación escrita con la empresa: correos electrónicos, cartas, mensajes, notificaciones oficiales y cualquier documento que acredite el cambio impuesto. Estas situaciones suelen judicializarse y sin documentación es muy difícil demostrar que la extinción del contrato fue forzada por la empresa.
⚠️ En los casos del artículo 50 ET (extinción por incumplimiento grave de la empresa), si el juez te da la razón tendrás derecho a la indemnización de 33 días por año equivalente al despido improcedente, además de cobrar el paro. Por eso es tan importante documentar bien la situación antes de presentar la demanda.
Preguntas frecuentes sobre la baja voluntaria
¿Puedo cobrar el paro si me voy por mi cuenta?
En general no. El paro requiere que la extinción del contrato sea involuntaria. Sin embargo, si la empresa ha incumplido sus obligaciones (impago de salario, modificación sustancial de condiciones o traslado forzoso), puedes tener derecho al paro aunque seas tú quien extinga el contrato.
¿Tengo que dar preaviso obligatoriamente?
Sí, salvo que tu convenio o contrato diga lo contrario. Si no respetas el preaviso, la empresa puede descontarte del finiquito los días incumplidos.
¿Qué pasa si la empresa no me paga el finiquito?
Puedes reclamarlo ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) y posteriormente en los juzgados de lo social. Tienes un plazo de 1 año para reclamar las cantidades del finiquito.
¿Puedo retirar la baja voluntaria una vez presentada?
Sí, si la empresa acepta. Una vez presentada la carta de dimisión, puedes intentar retirarla si la empresa está de acuerdo, pero no tienes un derecho automático a hacerlo.
¿Las vacaciones no disfrutadas se pagan en la baja voluntaria?
Sí. Las vacaciones generadas y no disfrutadas deben pagarse siempre en el finiquito, independientemente de quién haya iniciado la extinción del contrato.
¿La baja voluntaria afecta a mi pensión o cotización?
No directamente. Los años cotizados se mantienen. Lo que sí puede afectar es el período sin cotizar si tardas en encontrar otro empleo, ya que ese tiempo no computa para la pensión.
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